Perspectivas Legislativas de Cuba: Novedades del 2024 y Proyecciones para el 2025
El Estado cubano ha diseñado un calendario legislativo para el año 2024, alineado con la actualización económica, política y social del país. Este calendario abre espacios a nuevos actores económicos, que se han convertido en piezas clave para el desarrollo del país, lo que ha generado desafíos internos relacionados con el establecimiento de la propiedad privada, que juega un papel complementario dentro de la economía, al ser ejercida sobre determinados medios de producción por personas naturales o jurídicas, tanto cubanas como extranjeras. Este proceso de cambios y reformas normativas obedece al desarrollo de los postulados esbozados en la Constitución de la República de Cuba del 2019.
El panorama legislativo de 2024: Avances y transformaciones claves
A pesar de no haberse completado todo el calendario legislativo previsto para 2024, Cuba ha logrado una notable producción normativa. Las principales actualizaciones se han centrado en áreas como la política migratoria, la economía, tributarias, laborales, ambientales, sociales, la privacy fundamentalmente desde el desarrollo del principio de transparencia y acceso a la información, así como la reestructuración más garantista de mecanismos de resolución de controversias en el ámbito comercial internacional alternativos a la jurisdicción ordinaria.
En el ámbito migratorio, se ha actualizado la política del país mediante la aprobación de nuevas leyes: la Ley de Extranjería, la Ley Migratoria y la Ley de Ciudadanía. Estas reformas responden a la lógica de circularidad de los procesos migratorios y a un enfoque moderno sobre el fenómeno de la multiciudadanía, adoptando las mejores prácticas internacionales bajo una concepción sistémica de desarrollo.
Asimismo, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, reflejo del efecto Bruselas, que tiene como objetivo proteger la información y garantizar la divulgación, corrección, rectificación, modificación y actualización de los datos personales, así como el manejo de la información en los distintos ámbitos.
Además, se desarrolló el Reglamento para el Ejercicio de la Publicidad y el Patrocinio, que detalla los lineamientos de la Ley 162, “Ley de Comunicación Social” del pasado 25 de mayo del 2023, en cuanto al ejercicio de la publicidad y el patrocinio de marcas, productos y servicios cubanos y extranjeros en el mercado nacional.
En el ámbito ambiental, se ha fortalecido el sistema de protección de áreas protegidas, con el objetivo de alcanzar metas específicas de conservación y uso sostenible mediante normativas que resultan aplicables a todas las personas, tanto naturales como jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades en estas áreas, sin importar su tipología.
Se aprobó un marco normativo que moderniza el procedimiento de los métodos alternativos de resolución de conflictos (ADR) en el ámbito comercial, especialmente el arbitraje y la mediación. Se establecieron procedimientos para la homologación, la habilitación y la acreditación de árbitros nacionales y extranjeros, asegurando un potencial catálogo de mediadores y árbitros que garantiza una heterogénea especialización de excelencia para resolver conflictos comerciales nacionales e internacionales en Cuba. Además, queda regulado y ordenado el arbitraje institucional y se incorpora el arbitraje ad hoc en la normativa.
En el ámbito social, se ha creado un marco normativo alineado con los principios de sostenibilidad, progresividad, igualdad, universalidad e inclusividad, en el contexto de la creación de un Sistema Nacional para el Cuidado Integral de la Vida.
En cuanto a la política tributaria, se introdujeron modestos cambios, especialmente en el sector de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). Se implementó un régimen general de tributación para los trabajadores por cuenta propia. Además, se estableció una tasa del 5% para el Impuesto sobre la Utilización de la Fuerza de Trabajo, y se fijó una remuneración mínima que no puede ser inferior al salario mínimo establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. También se eliminó la exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales para los socios de las Mipymes respecto a los dividendos obtenidos durante el primer año de operaciones, al entenderse cumplimentada la función de fomento que motivó la medida inicialmente.
Se modificó la normativa relacionada con los nuevos actores económicos privados en Cuba, cambiando el marco regulador para la creación de Mipymes y cooperativas no agropecuarias (CNAs). La autorización para la creación de estos actores quedó en manos de los gobiernos locales municipales. También se creó el Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, encargado de dirigir y controlar la política estatal para el desarrollo y funcionamiento de estos actores. En consonancia con las normativas migratorias, se estableció como requisito para ser socio la residencia efectiva en el país. Además, se introdujo la obligación de licitar cuando se transmitan derechos sobre activos estatales, y se actualizó el listado numerus clausus de actividades no autorizadas para los actores económicos privados, de lo que se infiere la autorización de todas las actividades no incluidas en dicha lista. Asimismo, se redefinió el concepto de responsabilidad social empresarial, centrando su alcance en el ejercicio del objeto social y en las acciones adicionales relacionadas o derivadas de este.
Se aprobó la Resolución 56/2024, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por parte de los actores económicos privados. De este modo, se mantienen las regulaciones sobre la actividad del comercio minorista, mientras que se modificó la actividad de comercio mayorista, introduciendo la participación de entidades estatales, lo cual reconduce a un proceso de actualización del objeto social y licencia comercial de estos actores económico.
Se realizaron ajustes al régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia, los socios de cooperativas no agropecuarias, las Mipymes privadas y los titulares de proyectos de desarrollo local. Sin embargo, algunas regulaciones en materia de relaciones laborales, principios, derechos y deberes de los trabajadores quedan pendientes y serán tratados en próximas reformas del Código de Trabajo que se presentará en la última sesión ordinaria del Parlamento, programada para el próximo mes de diciembre.
Se aprobó la Ley sobre el Ejercicio de la Abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, la cual completa un ciclo de disposiciones que refuerzan el derecho a la defensa. El ejercicio de la abogacía se conceptualiza esencialmente como la acción de dirigir, asesorar, realizar consultas, representar y defender los derechos e intereses de personas naturales y jurídicas ante los tribunales de justicia, los órganos de arbitraje, los organismos administrativos y las entidades públicas y privadas. Además, se perfeccionaron las estructuras organizativas y de dirección de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, que es la entidad líder en el ejercicio de la abogacía en Cuba.
Por último, se aprobó la Ley del Notariado, cuyo objetivo fundamental es verticalizar la función notarial en el país. En consonancia con el proceso de transición digital que se está implementando progresivamente, se establece un sistema de gestión informática para garantizar agilidad en la prestación de servicios y eliminar trámites burocráticos. Las notarías serán autofinanciadas mediante los recursos que logren obtener, lo que les permitirá mantenerse económicamente y, al mismo tiempo, contribuir al Estado. La ley aprobada reorganiza y sistematiza la teoría general del instrumento público, establece reglas de formato de fácil lectura e incorpora las figuras familiares y mercantiles en las que interviene el notario. Esto refleja la instrumentalización adjetiva de la política legislativa sustantiva que se está desarrollando en el país.
Puntos de inflexión en la política legislativa para el desarrollo económico y social del país
En nuestra opinión la política migratoria ha marcado un punto de inflexión para el desarrollo económico-social del país y se compone fundamentalmente de tres normas jurídicas: la Ley Migratoria, la Ley de Extranjería y la Ley de Ciudadanía que, aunque ya han sido aprobadas, aún no han transcurrido por todo el iter normativo y en consecuencia aún se espera su publicación en la Gaceta Oficial.
Estas normas cubren la deuda histórica de regular adecuadamente la política migratoria y en este sentido incorpora la categoría de residencia efectiva migratoria que concede prerrogativas diferenciadas respecto a los residentes en el exterior los que tendrán las categorías migratorias de residentes en el exterior, emigrados e inversores de negocios.
Las normativas, tanto para personas naturales como jurídicas,se aplica a ciudadanos cubanos; extranjeros mientras permanezcan en el territorio nacional o mantengan una clasificación migratoria; igualmente aplica, a las empresas mixtas, las partes en el contrato de asociación económica internacional, sociedades mercantiles y la empresa de capital totalmente extranjero; los órganos locales del Poder Popular; las organizaciones políticas, sociales y de masas y las de base asociativa, de carácter profesional y con fines públicos; las empresas, compañías, agencias propietarias, representantes, explotadoras o consignatarias de medios de transporte internacional, y representaciones diplomáticas y consulares u otras oficinas cubanas autorizadas.
Todo ello tendrá un impacto económico al momento de elegir y diseñar el modo de participar en el modelo económico cubano tanto para los ciudadanos cubanos como para los ciudadanos extranjeros regidos por los principios de integración, igualdad, equidad, oportunidad y racionalidad, no discriminación, trato individual, orden público, defensa y seguridad nacional, cooperación internacional, así como el respeto a los derechos humanos.
Desafíos, proyecciones y prioridades legislativas para 2025
Si realizamos un ejercicio de revisión de los sectores pendientes, tomando en cuenta la agenda legislativa publicada por la propia Asamblea y su política legislativa en general, resalta que aún están pendientes reformas al Código de Trabajo, que es el principal cuerpo normativo en esta materia, especialmente en lo que se refiere a la incorporación de los nuevos actores económicos en sus diversas manifestaciones, así como a modalidades como el smart working y el teletrabajo. En cuanto a los derechos fundamentales, se encuentra en desarrollo el Código de la Niñez, la Infancia y la Juventud, en consonancia con los principios establecidos en el Código de las Familias. En el ámbito agroalimentario, y considerando el potencial del mercado cubano, sigue pendiente la ley sobre la posesión y uso de la tierra, que regula el uso de las tierras, las diferentes formas de adquisición, así como los derechos y deberes de los propietarios, entre otras actualizaciones.
Fuera del calendario, y a modo enunciativo, pero no exclusivo, queda pendiente una normativa centrada en la protección de los consumidores, la creación de una estrategia de desarrollo y transición digital en todos los sectores del país, así como en el sector económico-financiero, la regulación de la criptoactividad. También es necesario en el sector ambiental implementar normativas más específicas en relación con las energías renovables, la gestión de residuos y el uso de recursos naturales.
Como parte de la estrategia gubernamental de actualización del marco legislativo cubano, la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba ha incluido en su calendario legislativo para el año 2025 la aprobación de un conjunto de leyes que responden a la agenda legislativa prevista para ese año. Esta agenda priorizará sectores claves para el desarrollo económico y social del país; abarcando áreas como el ámbito laboral, ambiental, el continuo desarrollo de la política migratoria, el turismo que constituye uno de los renglones fundamentales de la economía nacional, así como el ámbito económico-financiero.
En este contexto, se prevé el desarrollo y la aprobación de las siguientes leyes: 1. Ley de Seguridad Social; 2. Ley de Educación; 3. Ley de Deporte; 4. Ley de la Vivienda; 5. Ley de Identidad; 6. Ley Forestal; 7. Ley del Patrimonio Estatal; 8. Ley de Ordenamiento de la Migración Interna; 9. Ley de Servicios Policiales; 10. Ley de Franquicias e Inmunidades Diplomáticas; 11. Ley de Formas Asociativas; 12. Ley de la Administración Financiera del Estado; y 13. Ley de Turismo.
Ideas Conclusivas
En conclusión, el proceso de actualización del marco legislativo cubano ha mostrado avances significativos en 2024, reflejando un enfoque hacia la modernización y adaptación a los nuevos retos económicos y sociales del país. Las reformas en áreas clave como la política migratoria, el ámbito laboral, la transparencia en el manejo de la información, y la regulación de los actores económicos privados han sido fundamentales para avanzar en el desarrollo económico y social de Cuba. Sin embargo, aún quedan importantes desafíos legislativos por abordar, como las reformas al Código de Trabajo, el desarrollo de nuevas normativas en el ámbito agroalimentario, y la implementación de regulaciones en sectores emergentes como las energías renovables. De cara a 2025, se prevé que la Asamblea Nacional del Poder Popular continúe priorizando leyes que apoyen la sostenibilidad económica y social del país, como la Ley de Seguridad Social, la Ley de Educación, y la Ley de Turismo, con el objetivo de fortalecer el modelo económico cubano, promover la inclusión, la sostenibilidad, la digitalización y garantizar el bienestar de la población.